Sanciones por no cumplir Verifactu

Las multas por incumplir Verifactu están reguladas en el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria. Son más graves de lo que muchos creen.

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Sanción principal para fisioterapeutas autónomos Usar software no conforme con Verifactu: hasta 50.000€ por cada ejercicio fiscal. Si usas software no adaptado en 2027 y 2028, podrías enfrentarte a hasta 100.000€ en multas.

Tabla completa de sanciones

InfracciónSanciónQuién
Usar software no conforme con Verifactu Hasta 50.000€/ejercicio Usuario
Comercializar software sin certificación Hasta 150.000€/programa Fabricante
Emitir factura sin QR o sin hash 150€/factura (máx 6.000€/trim) Usuario
Falta de certificación obligatoria 1.000€/sistema Fabricante
⚠️ Confusión habitual Muchos artículos mezclan las dos cifras grandes. 50.000€ es para el USUARIO (el fisio que usa el software). 150.000€ es para el FABRICANTE del software. Son sanciones distintas.

¿Son sanciones automáticas?

No son automáticas. Requieren un procedimiento de inspección o denuncia. Pero una vez iniciado, la carga de la prueba recae sobre ti: tendrías que demostrar que tu software sí cumple.

La AEAT puede cruzar datos de las facturas con los registros de software homologado. Si tu software no está en la lista y emites facturas sin QR, quedas expuesto.

¿Hay gradación de las sanciones?

El artículo 201 bis establece sanciones máximas, no fijas. La AEAT puede graduar según gravedad, reincidencia e intencionalidad. Pero lo prudente es asumir que el riesgo existe y cumplir antes de la fecha límite.

La forma más sencilla de evitar sanciones

Usar un software de gestión homologado antes de la fecha límite (1 enero 2027 SL, 1 julio 2027 autónomos persona física). No hay otra vía.

Compara los software compatibles con Verifactu

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